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martes, 2 de diciembre de 2014

Subida del catastro para el próximo año, como evitarla.

Los Presupuestos Generales del Estado para 2015 incorporan una sorpresa para los contribuyentes. Según las cuentas del Estado para el próximo año, el Ministerio de Hacienda prevé la aplicación de coeficientes de actualización para aumentar el valor catastral, la referencia sobre la que se grava el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), en 1.668 municipios, que comprenden 7,4 millones de inmuebles, y reducirlo en otros 208, con 1,9 millones de inmuebles. Según figura en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el próximo año, esto representa "una mejora en la aproximación de los valores catastrales a los valores de mercado en un total de 1.876 municipios, con 9,3 millones de inmuebles".
Joan Pons, de EFPA España y Secretario del despacho Linktax, comenta que no tiene mucho sentido esta revisión ya que la vivienda en España lleva desde 2008 bajando, y en concreto, los expertos calculan que la caída roza ya el 50%. Además, según un estudio elaborado por el comparador de productos bancarios Kelisto.es, salvo un pequeño repunte en 2015, el precio de la vivienda seguirá descendiendo hasta 2019-2020.
Manuel Gandarias, director del servicio de Estudios de pisos.com señala, que la subida dependerá de la base imponible, "cuando se realizó la última actualización, la reducción aplicable sobre la base imponible y el tipo de gravamen. En base a estos parámetros calcularemos, se calcula la cuota líquida a pagar".
Por su parte, Ana Isabel Albarrán, responsable del área tributaria de Tinsa, señala que el incremento dependerá de varios factores como la fecha de aprobación de la última ponencia de valores del municipio; la inclusión del municipio en el que se encuentre el inmueble entre los admitidos para que les sea de aplicación el coeficiente de actualización anual y la modificación de tipos impositivos. 
"Para aquellos municipios que hayan revisado la ponencia de valores dentro de los últimos 5 años, el valor catastral subirá por efecto de la reducción de la bonificación La cuota final del IBI dependerá en última instancia del tipo impositivo. Si éste se mantiene, la cuota de IBI será lógicamente superior a la del ejercicio anterior" matiza Albarrán.
Pero no todo son incrementos, como señala Albarrán, así, entre los municipios con ponencias de valores que hayan entrado en vigor entre 2006 y 2009 y que hayan sido admitidos en el listado de municipios autorizados a aplicar el coeficiente de actualización anual, el valor catastral puede rebajarse entre un 17%-19%. Así, dependiendo del tipo impositivo que le corresponda al municipio, también se rebajará proporcionalmente la cuantía del IBI de 2015, pero también ocurre lo contrario: aquellos municipios incluidos en esta lista, en los que la ponencia haya entrado en vigor entre 1984 y 2003, verán incrementado su valor catastral entre un 6% y un 13%, y, posiblemente (dependiendo del tipo impositivo), la cuota del IBI lo hará en la misma medida.
A qué impuestos afecta y cómo amortiguar su subida
Pons señala que el incremento del IBI no vendrá solo, si no que provoca a su vez nuevas subidas en otros impuestos, como es el caso de la plusvalía municipal, impuesto sobre el valor de bienes de naturaleza urbana, ya que cuanto mayor sea el valor catastral mayor plusvalía se va a pagar en caso de venta. Pero además, también se añadirán incrementos en el impuesto de sucesiones y donaciones que se pagan en algunas comunidades. Pero incluso, recuerda Pons, tiene correlacción en el IRPF, ya cuando se realiza la declaración de la renta se declara el valor mayor o bien del catastro o de la valoración de la vivienda.
Ante este impuesto, poco se puede hacer. Desde Tinsa señalan que "todo propietario de un inmueble urbano debería asegurarse de que la información recopilada por Catastro (que sirve de base para establecer el valor catastral) coincide con la realidad de su inmueble. No es habitual, pero si hubiese alguna discrepancia entre los datos del registro y las características o la clasificación real del activo, la cuantía del impuesto podría estar alterada respecto a la que correspondería al inmueble". Por su parte, Gandarias destaca que no es fácil esquivarlo. "La actualización de este impuesto se realiza en base a las revisiones de los valores catastrales de los inmuebles y lo único que podemos hacer es reclamar a la Administración la revisión de los valores, aunque debemos tener en cuenta que el coste de abogados y procuradores nos puede salir más caro que la rebaja que podamos conseguir. Aun así, merece la pena analizar si nos conviene hacerlo o no, pero dado que son conceptos difíciles, necesitaremos asesoramiento".
Por su parte Joan Ponds destaca que una opción pasa por crear una sociedad, para no declararlo a través del impuesto de patrimonio. Otra opción, es mirar si la Comunidad Autónoma realiza bonificaciones por pronto pago, como es el caso de Madrid, que bonifica con un 3,25% si se reparte el pago en dos meses, o con un 5% si llega a 9.