jueves, 7 de enero de 2016

Lo que hay que tener en cuenta a la hora de contratar una hipoteca.

Los mínimos históricos que está registrando el euríbor, el tipo de referencia en la mayoría de hipotecas que se firman en España, que cerró el mes de noviembre al 0,079%, según datos del Banco de España, está favoreciendo que muchas personas se planteen comprar una vivienda.
Además, como el euríbor está más bajo que nunca, los diferenciales de las hipotecastambién han visto, en los últimos meses, descender los intereses. De hecho, de los cálculos del comparador de hipotecas de Bankimia se desprende que la media de las diez mejores hipotecas en el mes de diciembre de 2014 se situó en euríbor +1,61%, un diferencial que se ha reducido al euríbor +0,98% en el top ten de los mejores préstamos hipotecarios este último mes de diciembre.
Aun así, firmar una hipoteca no es un tema baladí. Contratar un préstamo de estas características ata al cliente con su entidad bancaria durante varios años. Es por ello que hay que tener en cuenta varios factores.
1.    El diferencial que aplican
Como anunciábamos, la variable fundamental en la decisión en términos económicos viene marcada por el tipo de referencia euríbor más un diferencial, cuanto más bajo sea el diferencial sobre euríbor, mayor será el ahorro en intereses a largo plazo comparado en términos de oportunidad frente a hipotecas con diferenciales superiores.
Normalmente las hipotecas más baratas se pueden encontrar y contratar por Internet. Aunque en el mercado actual se pueden encontrar hipotecas en las que el diferencial no llega al 1,00%, en otras supera el 3,00%.

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Con el euríbor en mínimos, si tomamos de ejemplo una hipoteca de 120.000 euros a amortizar en 20 años y con un diferencial del 1,00% sobre el último dato del euríbor, la disminución de las mensualidades supondrá un ahorro de unos 168 euros anuales, según lacalculadora de hipotecas de Bankimia.com. Es decir, si el usuario pagaba una cuota de 570 euros mensuales en noviembre de 2014, actualmente paga 556 euros al mes, por lo que ahorra casi 170 euros al cabo del año. Pero si, a este mismo préstamo se le aplica un euríbor +2,00%, las cuotas podrían alcanzar los 615 euros mensuales.
2.    Las vinculaciones con la entidad
Firmar una hipoteca requiere, habitualmente, la contratación de otros productos bancarios con la entidad. Éstos normalmente conllevan la reducción del tipo de interés a pagar.
Las vinculaciones más habituales son la domiciliación de una nómina y uno o varios recibos, la contratación de un plan de pensiones o un producto de inversión, la expedición y el uso mínimo de una tarjeta, o bien el mantenimiento de un saldo mínimo en cuenta.
Aquí, el futuro titular de la hipoteca debe analizar, antes de asumir estos requisitos, si va a poder cumplir con todos ellos. Por ejemplo, si se trata de hacer un determinado gasto con la tarjeta de crédito, estudiar si habitualmente emplea esta forma de pago. O si ha de tener un saldo mínimo en cuenta, si realmente va a poder mantenerlo.
Es interesante que la hipoteca permita realizar amortizaciones parciales anticipadas sin comisión o que esta sea lo más baja posible, así como que permita realizar disposiciones del saldo amortizado, es decir, que si hay la necesidad de realizar una disposición puntual para realizar reformas, comprar un coche, o financiar estudios, no se tenga que solicitar y formalizar otro préstamo o hipoteca.
3.    Las comisiones
Otro aspecto muy importante a tener en cuenta son las posibles comisiones que fija la entidad en caso de contratar una hipoteca. Por estudio, apertura, subrogación, novación, amortización parcial o anticipada… Si bien hay entidades que no cobran muchas (o ninguna) comisiones, hay otras que sí las añaden.

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En este sentido, antes de suscribir la hipoteca, se recomienda negociar con el banco para intentar que sean las mínimas. Y, en el caso de existir, que sean lo más bajas posibles. Sobre todo las que hacen referencia a posibles modificaciones en las condiciones del préstamo, por si más adelante conviene cambiar sus características.
Entre ellas, existe la comisión de novación, que se añade cuando se cambian las condiciones del préstamo dentro de la misma entidad y oscila entre el 0 y el 1% del capital a amortizar; y la comisión por subrogación, que se aplica al cambiar de entidad. Desde el año 2008, el máximo legal establecido es del 0,50%.
4.    La operativa del banco
También hay que tener en cuenta la operativa que facilita la entidad con la que se va a suscribir el préstamo y si ésta satisface las necesidades más habituales del titular.
Por ejemplo, si dispone de sucursales o cajeros automáticos en las zonas más habituales de influencia (cerca del trabajo o de casa, por ejemplo) o qué acciones se pueden llevar a través de internet, en el caso que sea usuario del servicio de la banca ‘online’.
5.    Si aplica cláusula suelo
En principio, la aplicación de la cláusula suelo no es contraria a la ley, según está establecido el Banco de España y la Ley Hipotecaria. En cambio sí lo es cuando tienen un carácter abusivo y cuando las entidades financieras no informan de su presencia. Como destaca el organismo regulador español, “la existencia de un suelo implica que, llegado a éste, eventuales bajadas del tipo de interés de referencia no se traducen en bajadas de la cuota a pagar en concepto de interés”.
Así, bancos y cajas están obligados a explicar las condiciones del contrato hipotecario de forma entendible a todo tipo de solicitantes. De hecho, una disposición administrativa incluida en la Ley de Disciplina e Intervención de las Entidades de crédito vela por la transparencia y la protección de los clientes.
Casi todas las entidades bancarias han establecido un suelo en las hipotecas en algún momento. En la actualidad, pocas entidades las aplican en los nuevos contratos.

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